Richard Falk: Las sanciones son un arma siniestra - MPPRE

Richard Falk: Las sanciones son un arma siniestra

Richard Falk profesor, docente emérito de Derecho Internacional de la Universidad de Princeton y ex relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los DDHH en los territorios palestinos ocupados desde 1967, participó este miércoles en la conferencia académica internacional “Medidas coercitivas unilaterales: irrespeto del derecho internacional y graves consecuencias humanas”.

En este espacio de debate, organizado por el Gobierno venezolano y la Escuela de Diplomacia y Relaciones Internacionales de Ginebra, Falk presentó la ponencia “Juicio divino del imperialismo postcolonial, sanciones unilaterales”, en la que hizo una clara diferenciación entre el derecho internacional hegemónico y el derecho internacional contra hegemónico, para demostrar que el sistema de justicia mundial fue creado para responder a los deseos de los países más poderosos.

Falk precisó que esta dinámica permite que gobiernos como el de Estados Unidos pueda ejercer presión con bloqueos, sanciones y demás medidas de presión argumentando su legítima defensa y empleando a su gusto la Carta de las Naciones Unidas, así como su derecho a veto en el Consejo de Seguridad.

Desde su punto de vista, las medidas coercitivas “violan el espíritu y el contenido del Derecho Internacional. Resulta particularmente impresionante que Venezuela tome esta iniciativa ya que por mucho tiempo han tenido el Derecho Internacional de su lado, pero no les ha ayudado mucho; quizás en mi criterio llegaron a la conclusión de que es fútil, que un país objeto de este tipo de coerción se implique en el derecho internacional y abogue por él”.

Para el experto en derechos humanos, la distinción entre el derecho internacional hegemónico y el contra hegemónico radica en que el primero asume las violaciones a los pueblos como actos de justicia.
En tanto “el derecho internacional contra hegemónico (…) es la idea de que el cambio efectivo también es el resultado de controlar la relación simbólica vinculada con las normas; no la conexión conductual, sino la relación simbólica, si hablamos de las guerras anticoloniales lo podemos ver más claro, donde el lado más débil desde el punto de vista militar ganaron las guerras y ganaron las guerras porque controlaban el ámbito simbólico de la ley y la moralidad, esto generó apoyo en términos de la voluntad política y la solidaridad global”.

Asimismo, se preguntó “¿Por qué países como Irán, Cuba, Venezuela y Palestina tienen el derecho de su lado pero siguen siendo victimizados por la conducta internacional?”, concluyendo, al mismo tiempo, que “resulta claro que las Naciones Unidas son ambivalentes en cuanto a qué tipo de derecho internacional quiere referirse y con cuál de esos dos quiere identificarse. Esta ambivalencia está inscrita en la Carta cuando habla de los privilegios que se da a los actores geopolíticos, en términos del poder de veto, la membrecía permanente en el Consejo de Seguridad”.

Para Falk, “el poder de veto lo que transmite es que los países más poderosos, al igual que en el 45, están exceptuados del derecho internacional sí así lo deciden; están exceptuados de la Carta, de su aplicación, es decir, no rinden cuentas, tienen el poder, están empoderados para no rendir cuentas”.

De ahí que puedan bloquear las constantes demandas que Venezuela, Cuba, Irán y otras naciones hacen para exigir el cese de las medidas coercitivas unilaterales.

“La ONU es importante desde el punto de vista simbólico; legitima los reclamos de países como Venezuela pero no puede corregir, ni satisfacer esos reclamos porque se ve opuesta por países que tienen la capacidad de bloquear la aplicación de las normas; de manera que no sorprende que las sanciones hayan sido empleadas casi exclusivamente por expoderes coloniales y Estados Unidos”, sentenció.

Para el experto las acciones punitivas de estos gobiernos cobran importancia, pues emplean el llamado derecho internacional y sus medidas coercitivas como armas imperiales. “Las sanciones son básicamente un arma discrecional en el marco del derecho internacional hegemónico, y a veces es un arma siniestra”, afirmó Falk.

“Estamos lidiando con lo que yo llamo una zona gris del derecho internacional que puede ser manipulado de maneras que reflejan la primacía de la geopolítica (…) El sistema fue diseñado de esa manera, no es que no está funcionando, está funcionado tal y como fue previsto, porque si no el veto no tendría sentido ¿por qué lo países más débiles tienen que rendir cuenta mientras que los grande no? Esta incoherencia fundamental es la que se encuentra en esta zona gris,” ratificó.