Discurso del embajador Jorge Valero ante la 40º sesión ordinaria del Consejo de Derechos Humanos - MPPRE

Discurso del embajador Jorge Valero ante la 40º sesión ordinaria del Consejo de Derechos Humanos

La República Bolivariana de Venezuela, en nombre del Movimiento de Países No Alineados (Mnoal), tiene el honor de presentar el Proyecto de Resolución L.5 titulado “Las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos”. Me complace anunciar que este Proyecto de Resolución L.5, también cuenta con el copatrocinio de Baréin a nombre del Grupo Árabe, y de Angola a nombre del Grupo Africano. En la Cumbre de Margarita de 2016, los Jefes de Estado y de Gobierno del Mnoal expresaron su condena a la promulgación y aplicación de medidas coercitivas unilaterales contra los países del Movimiento, que vulneran la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional, en particular, los principios de no intervención, libre determinación, e independencia de los Estados que son objeto de tales prácticas. Reiteraron su decisión de denunciar y exigir la anulación de dichas medidas, que afectan los derechos humanos e impiden el pleno desarrollo económico y social de los pueblos sometidos a ellas. Ha sido histórica la posición del Mnoal en condenar las medidas coercitivas unilaterales. En ese sentido, hago igualmente referencia a la Declaración Política de Nueva York adoptada el 20 de septiembre de 2017, en reunión presidida por el canciller de Venezuela, Jorge Arreaza Montserrat, en la cual los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros del Movimiento aprobaron, y cito: “Reafirmar su oposición al unilateralismo y a las medidas coercitivas unilaterales impuestas por ciertos Estados, incluidas las de carácter económico, financiero o comercial que no se ajustan al derecho internacional, a la Carta de las Naciones Unidas y a las normas y principios que rigen las relaciones pacíficas entre los Estados, las cuales pueden conllevar a la erosión y a la violación de la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional y los derechos humanos, el uso y la amenaza del uso de la fuerza y la presión y las medidas coercitivas como medio para alcanzar sus objetivos políticos nacionales, o la presión económica y financiera contra cualquier país, en particular contra los países en desarrollo. Expresaron, además, su preocupación por la continuada imposición de esas medidas las cuales obstaculizan el bienestar de la población de los países afectados y crean obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos humanos”, fin de la cita. En este contexto, tengo el honor de presentar el Proyecto de Resolución L.5, en actualización de la Resolución 37/21, adoptada por este Consejo el año pasado. Se han incorporado nuevos elementos para fortalecer este texto, y reiterar la firme posición de nuestro Movimiento contra la imposición de las medidas coercitivas unilaterales. En particular, se propone cambiar el título de la Resolución por “Las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos” a los fines de su mejor adecuación al lenguaje y contexto de este Foro, y conforme al mandato del Procedimiento Especial en la materia. Se reiteran las importantes menciones a los principios universales del respeto a la soberanía de los Estados y a la no injerencia en sus asuntos internos; y a la promoción del multilateralismo para fortalecer la cooperación internacional, necesaria para hacer frente a las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales sobre los derechos humanos. En este Proyecto de Resolución L.5, le solicita a la Oficina del Alto Comisionado que organice para la 42º sesión del Consejo, el panel bienal en esta materia bajo el título “Labor preparatoria para la elaboración de una Declaración de las Naciones Unidas sobre las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de todos los derechos humanos, incluido el derecho al desarrollo”. En esta misma línea, en el Proyecto de Resolución L.5 reitera la solicitud a la Oficina del Alto Comisionado de que, en base al mandato sobre la promoción y protección de los derechos humanos, otorgue prioridad en su informe anual al impacto negativo de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de todos los derechos humanos. El Mnoal promueve esta importante iniciativa y continua sus esfuerzos para resaltar el impacto negativo de las medidas coercitivas unilaterales en los derechos humanos y el desarrollo, así como en las relaciones internacionales, el comercio, la inversión, la cooperación y los inhumanos efectos que producen en las clases más pobres y vulnerables de los países en desarrollo, sometidos a tales medidas. Hacemos un llamado a todos los países miembros de este Consejo, para que brinden su apoyo a este Proyecto de Resolución L.5. Muchas Gracias.

Ginebra, 21 de marzo de 2019.