Venezuela invoca principio de igualdad jurídica de los Estados ante atropellada convocatoria de la CIJ sobre caso Esequibo - MPPRE

Venezuela invoca principio de igualdad jurídica de los Estados ante atropellada convocatoria de la CIJ sobre caso Esequibo

El pasado 18 de diciembre de 2020, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer su decisión de considerarse competente para saber de la demanda unilateral interpuesta por la República Cooperativa de Guyana sobre el Laudo Arbitral del 03 de octubre de 1899 y la cuestión conexa a la solución definitiva de la disputa territorial fronteriza entre la República Cooperativa de Guyana y la República Bolivariana de Venezuela.

Como es de conocimiento de la comunidad internacional, la República Bolivariana de Venezuela ha afirmado que esta sentencia no se ajusta a derecho, en tanto que los argumentos esgrimidos por la Corte para sustentar su decisión no solo son insuficientes para establecer el consentimiento de las Partes, sino que contravienen el Estatuto de la Corte, y su práctica histórica y a solicitud de Guyana, yerra en la identificación del objeto litigioso aceptando conocer acerca de la validez del laudo arbitral de 1899, con lo cual, tergiversa las disposiciones  del Acuerdo de Ginebra.

La Corte Internacional de Justicia, haciendo caso omiso de lo expresado por Venezuela, ha insistido en plantear que el próximo 25 de enero de 2021 se lleve a cabo una videoconferencia con “las partes”.  Venezuela desea reiterar una vez más, que considera que se trata de una convocatoria atropellada, que no proporciona al país el tiempo necesario para realizar las consideraciones y consultas que el Estado venezolano demanda, antes de asumir una posición ante un tema de vital importancia.

Venezuela desde hace semanas ha solicitado a la Corte que la convocatoria a dicha videoconferencia sea postergada hasta el mes de abril de 2021, y se lleve a cabo en un formato presencial. Hoy, reiteramos una vez más esta legítima demanda.

El desconocimiento de las razones de peso que llevan a Venezuela a demandar la atención de su solicitud, podría ser considerado como un mal indicio a la luz de las debidas garantías que deben brindarse para la preservación de los derechos de ambas partes, conforme a su Estatuto y de acuerdo al principio de igualdad jurídica de los Estados, establecido en la Carta de las Naciones Unidas.

El sol de Venezuela nace en el Esequibo.

Caracas, 21 de enero de 2021

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