Relatora especial de la ONU ratifica ante Consejo de DDHH efecto devastador de medidas coercitivas en Venezuela - MPPRE

Relatora especial de la ONU ratifica ante Consejo de DDHH efecto devastador de medidas coercitivas en Venezuela

La relatora especial de la ONU, Alena Douhan, presentó este miércoles su informe sobre el Impacto Negativo de las Medidas Coercitivas Unilaterales (MCU) en el disfrute de los Derechos Humanos, en el que alertó sobre el “efecto adverso y extremadamente peligroso” de las sanciones unilaterales impuestas por el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica y otros países contra Venezuela.

La aseveración tuvo lugar durante el diálogo interactivo en el que expuso el informe anual sobre su mandato en el marco del 48° periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra, Suiza.

En febrero de este año, la relatora Douhan viajó a Caracas para realizar una visita de trabajo que le permitiera corroborar sobre el terreno el impacto de las MCU en la población venezolana. Los datos e impresiones recogidos durante este tiempo fueron determinantes para conformar el referido informe de la Relatora Especial.

Explicó que su informe sobre la nación bolivariana demuestra que la calificación jurídica de las medidas adoptadas en su contra no se corresponden a los requisitos del Derecho Internacional, además no están conforme con el principio de igualdad soberana de los Estados; la inmunidad de los bienes, los funcionarios y los diplomáticos del Estado; las normas del Derecho Penal Internacional o del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, entre muchos otros principios.

Además, enfatizó en su intervención que las sanciones sectoriales al petróleo, la industria del oro y la minería, el bloqueo económico y la congelación de los activos del Banco Central; las sanciones impuestas contra nacionales y empresas de terceros países, así como el creciente celo por parte de los bancos y empresas de terceros países, “han exacerbado la situación económica y humanitaria, e impedido que los ingresos y el uso de los recursos permitan desarrollar las infraestructuras y llevar a cabo programas de apoyos sociales; han tenido un efecto devastador en toda la población de Venezuela”.

Asimismo, la Relatora Especial de la ONU precisó que la ausencia de recursos y lo reacio que se han mostrado los bancos y las empresas extranjeras a la hora de negociar con los socios de Venezuela, por miedo a que se les impongan también sanciones, han llevado a que no se puedan comprar equipos vitales y a que no se pueda garantizar a la población un suministro adecuado de electricidad, agua, atención médica, transporte público, sistemas de telecomunicaciones.

“Esto ha socavado el mismo fundamento de la vida social y el disfrute de muchos derechos humanos; en particular, el derecho a la alimentación, a la salud, a la educación, al acceso a la información y a los derechos laborales y económicos”, puntualizó.

Durante su intervención, la Relatora propuso como definición de MCU cualquier tipo de medida o actividad aplicada por un Estado, grupo de Estados u organización regional sin una autorización del Consejo de Seguridad o más allá de la autorización de éste, que no esté conforme con las obligaciones internacionales del que impone la sanción.

Explicó que estas medidas o actividades incluyen, pero no están limitadas a sanciones económicas, financieras, políticas o de otro tipo aplicadas por un Estado a otro Estado o particular, empresa o entidad no gubernamental “para que haya un cambio en la política o el comportamiento para obtener de un Estado la coordinación del ejercicio de sus derechos soberanos y poder garantizar ventajas de cualquier tipo”.

Hizo un llamado a todos los Estados a que se aseguren de que en cualquier acción unilateral que tomen consideren debidamente las normas jurídicas internacionales, por cuanto el Derecho Internacional proporciona los instrumentos necesarios para resolver los litigios entre Estados y también los instrumentos para promover y proteger los derechos humanos.