Claves de lo que hizo Venezuela en La Haya - MPPRE

Claves de lo que hizo Venezuela en La Haya

El pasado jueves 13 de febrero fue noticia en el mundo la denuncia que emitiera formalmente Venezuela ante la Corte Penal Internacional (CPI) sobre los crímenes de lesa humanidad, derivados de las medidas coercitivas unilaterales impuestas desde el gobierno de los Estados Unidos contra el pueblo y el Estado venezolano en su conjunto.
Venezuela introduce denuncia ante la Corte Penal Internacional por medidas coercitivas unilaterales
La remisión –o la denuncia- consignada ante la Fiscal de la CPI, en la ciudad de La Haya, Países Bajos, narra los efectos de las sanciones –desde el año 2014- y cómo estas son catalogadas como crímenes de lesa humanidad, según los términos previstos en el Estatuto de Roma, establecidos en el artículo °7. Se entenderá por `crimen de lesa humanidad´ cualquiera de los actos descritos en el artículo °7 del Estatuto de Roma cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque -a fin de doblegar la voluntad de los pueblos-: Así como la notoria violación a la Carta de las Naciones Unidas y a las normas y principios que rigen las relaciones pacíficas entre los Estados, incluyendo las medidas de carácter coercitivo con efectos extraterritoriales. Que socavan además el pleno desarrollo de un orden democrático internacional, y que ponen en peligro la paz y la seguridad, al tiempo que impiden a los Estados la plena garantía de desarrollo y bienestar a sus pueblos, incluida la provisión de bienes y servicios de primera necesidad y sus posibilidades de realizar transacciones en el sistema financiero internacional. La denuncia exhibe y detalla, por un lado, cuál era la situación de Venezuela antes de la aplicación de las medidas coercitivas unilaterales por parte de la administración de la Casa Blanca, así como su impacto en el funcionamiento de la economía venezolana y en el disfrute de los derechos humanos de la población venezolana. Por el otro, argumenta de manera sucinta sobre la ilegalidad de las sanciones, cuáles son los crímenes que su aplicación ha generado y desarrolla los aspectos de jurisdicción y admisibilidad ante la CPI. Asimismo, en el documento se solicita a la Fiscal de la CPI determinar la persona o personas responsables de tales crímenes y proceder a su enjuiciamiento. ¿Qué sigue luego de la denuncia? Luego estar consignado el escrito ante la Fiscalía de la CPI, corresponde al ente internacional iniciar una investigación dirigida a determinar si se cometió alguno de los delitos previstos en el Estatuto de Roma y la persona o personas responsables de tales hechos.
Venezuela denuncia al gobierno de EEUU ante la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad
¿Qué dice el Estatuto de Roma sobre la remisión? La Remisión prevista en el artículo 14 del Estatuto de Roma o Estatuto de la Corte Penal Internacional, alerta de una situación que pudiera implicar la comisión de alguno de los delitos tipificados en el Estatuto, a los fines de que la Fiscalía investigue los hechos y determine si se debe acusar por tales crímenes a una o varias personas. Aunque la Remisión no es tácitamente una “denuncia” en los términos del Derecho Penal Internacional, en la práctica tiene efectos similares, por lo cual los términos remisión y denuncia pueden utilizarse como sinónimos. Artículo 14 | Remisión de una situación por un Estado Parte
1. Todo Estado Parte podrá remitir al Fiscal una situación en que parezca haberse cometido uno o varios crímenes de la competencia de la Corte y pedir al Fiscal que investigue la situación a los fines de determinar si se ha de acusar de la comisión de tales crímenes a una o varias personas determinadas. 2. En la medida de lo posible, en la remisión se especificarán las circunstancias pertinentes y se adjuntará la documentación justificativa de que disponga el Estado denunciante.