Declaración Política de Caracas adoptada en Reunión Ministerial del Buró de Coordinación del Mnoal - MPPRE

Declaración Política de Caracas adoptada en Reunión Ministerial del Buró de Coordinación del Mnoal

Reunión Ministerial del Buró de Coordinación del Movimiento de Países No Alineados (MNOAL) Caracas, República Bolivariana de Venezuela 18 – 21 de julio de 2019

DECLARACIÓN POLÍTICA DE CARACAS

Nosotros, las Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores del Movimiento de Países No Alineados (Mnoal), reunidos los días 20 y 21 de julio de 2019, en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, en el marco de la Reunión Ministerial del Buró de Coordinación del Movimiento, para llevar a cabo una revisión de la situación internacional, del progreso logrado en la implementación de los resultados de la XVIII Conferencia Ministerial de Mitad de Período del Mnoal, realizada en la ciudad de Bakú, República de Azerbaiyán, en abril de 2018, así como para entablar debates francos, en particular, sobre la urgente necesidad de Respetar el Derecho Internacional para la Promoción y Consolidación de la Paz, y de conformidad con nuestra determinación de mejorar la condición y el papel del Movimiento como una fuerza antibélica y amante de la paz, hemos decidido:

1. Reafirmar y resaltar la fe permanente y el firme compromiso del Movimiento con los Principios de Bandung, así como con sus ideales y propósitos, en particular para establecer un mundo pacífico y próspero y un orden mundial justo y equitativo.

2. Reafirmar la pertinencia y adhesión a todas las posiciones de principio y decisiones adoptadas por el Movimiento.

3. Ratificar las disposiciones de la Declaración de La Habana sobre los Propósitos y Principios y el Papel del Movimiento de Países No Alineados (MNOAL) en la Actual Coyuntura Internacional (2006), así como la Declaración de la Isla de Margarita (2016) y la Declaración de Bakú (2018).

4. Renovar nuestro inquebrantable compromiso con las Naciones Unidas, su Carta fundacional y el Derecho Internacional, los cuales siguen siendo todos herramientas indispensables y fundamentales para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y en el fortalecimiento de la cooperación internacional.

5. Resaltar que la estricta observancia de los principios del Derecho Internacional y el cumplimiento en buena fe de las obligaciones asumidas por los Estados, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, es de suma importancia para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales; reafirmar que los Estados Miembros de la Mnoal deberán respetar la integridad territorial, la soberanía, la independencia política y la inviolabilidad de las fronteras internacionales de los Estados Miembros; y reiterar su compromiso de apoyar y promover estos principios del Derecho Internacional.

6. Defender los principios de soberanía e igualdad soberana de los Estados, integridad territorial y no intervención en los asuntos internos de cualquier Estado o Nación; adoptar medidas efectivas para la supresión de actos de agresión u otras amenazas a la paz; defender, promover, y fomentar la solución de conflictos internacionales a través de medios pacíficos de una manera tal que la paz y la seguridad internacionales y la justicia no se pongan en peligro; abstenerse en las relaciones internacionales del uso o la amenaza del uso de la fuerza, incluyendo ejercicios militares agresivos contra la integridad territorial o independencia política de cualquier Estado o de cualquier otra manera inconsistente con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas; desarrollar relaciones amigables basadas en el respeto por el principio de igualdad de derechos y autodeterminación de los pueblos en su lucha contra la ocupación extranjera; lograr la cooperación internacional basada en la solidaridad entre los pueblos y gobiernos en solventar los problemas internacionales de carácter político, económico, social, cultural o humanitario; y promover y fomentar, de conformidad con los compromisos internacionales y la legislación nacional, el respeto por los derechos y libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión.

7. Reafirmar y enfatizar sus posiciones de principio con respecto a la solución pacífica de controverias, de conformidad con el derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas y las normas y principios que rigen las relaciones pacíficas entre los Estados, y sobre el no uso o amenaza de uso de la fuerza, incluyendo a través de la promoción del entendimiento político y diálogos constructivos entre los Estados, sobre la base del respeto mutuo.

8. Reiterar su oposición al unilateralismo y a las medidas impuestas unilateralmente por ciertos Estados, las cuales pueden producir la erosión y violación de la Carta de las Naciones Unidas, el Derecho Internacional y los derechos humanos, así como al uso o amenaza del uso de la fuerza, la presión y las medidas coercitivas como medios para lograr sus objetivos de política nacional, teniendo en cuenta el impacto negativo de dichas medidas en el estado de derecho a nivel internacional, así como sobre las relaciones internacionales.

a. Abstenerse de reconocer, adoptar o aplicar medidas coercitivas unilaterales o leyes extraterritoriales, incluidas las sanciones económicas unilaterales, otras medidas intimidadoras y restricciones arbitrarias de viajes, impuestas con el propósito de ejercer presión sobre los Países No Alineados — amenazando su soberanía e independencia, y su libertad de comercio e inversión — e impedirles ejercer su derecho a decidir, por su propia y libre voluntad, sus propios sistemas políticos, económicos y sociales, toda vez que tales medidas o leyes se constituyen en graves violaciones a la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional, el sistema multilateral de comercio, así como a las normas y principios que rigen las relaciones de amistad entre los Estados.

b. Perseverar en los esfuerzos para revertir tales medidas de manera efectiva e instar a otros Estados a que hagan lo mismo, como lo ha solicitado la Asamblea General y otros órganos de las Naciones Unidas; solicitar a los Estados que apliquen tales medidas o leyes que las revoquen de forma plena e inmediata.

c. Renovar su apoyo, de conformidad con el derecho internacional, al reclamo de los Estados afectados, incluyendo los Estados que son víctimas directas, a la indemnización por el daño incurrido como una consecuencia de actos de agresión o de la implementación de medidas coercitivas unilaterales o extraterritoriales, las cuales son aplicadas en violación del derecho internacional.

d. Oponerse firmemente a la evaluación y certificación unilateral de la conducta de los Estados como medio para ejercer presión sobre los Países No Alineados y otros países, en particular a los países en desarrollo.

9. Seguir manteniendo, fortaleciendo y manifestando la unidad y solidaridad entre la membresía del Movimiento, en particular con aquellos Países No Alineados cuyos pueblos sufren violaciones en cuanto al Derecho Internacional, incluyendo entre otras, las amenazas externas de uso de la fuerza, actos de agresión o medidas coercitivas unilaterales, a través de la prestación de asistencia política, moral, material y de otra índole.

10. Subrayar la obligación de todos los Estados de garantizar la seguridad y protección de los miembros e instalaciones de las misiones diplomáticas y consulares, así como su inviolabilidad, de conformidad con el Derecho Internacional, las disposiciones de la Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas, y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, así como las resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas, incluyendo con miras a evitar la incautación forzosa e ilegal de dichas instalaciones, y hacer énfasis en que el respeto de los privilegios e inmunidades correspondientes al personal, las instalaciones y los bienes diplomáticos están vinculados al cumplimiento de sus fines oficiales, en especial a nivel multilateral, independientemente de las relaciones entre los Estados y los Países Anfitriones.

11. Alentar a aquellos que estén en posición de hacerlo a que hagan un mayor uso de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) como fuente de interpretación de las normas pertinentes del Derecho Internacional y considerar la realización de consultas entre los Estados Miembros del Movimiento, según sea apropiado, con miras a solicitar Opiniones Consultivas a la CIJ, incluyendo sobre aquellos casos en los cuales las medidas coercitivas unilaterales, aplicadas en violación del derecho internacional, puedan socavar la paz y la seguridad internacionales.

12. Reafirmar su posición de principio y su firme compromiso con la lucha contra el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones y, en ese sentido, reiterar la obligación de todos los Estados Miembros a prevenir y suprimir el financiamiento de actos terroristas, de abstenerse de proveer cualquier forma de apoyo, activo o pasivo, a las entidades o personas involucradas en actos terroristas, incluso suprimiendo el reclutamiento de miembros de grupos terroristas y el suministro de armas a los terroristas, negarle a los terroristas el refugio seguro, la libertad de operaciones, movimiento y reclutamiento, y además prevenir que la condición de refugiado sea abusada por parte de los autores, organizadores y facilitadores de actos terroristas, y, asimismo, solicitqrle a los Estados Miembros tomar las medidas apropiadas para asegurar, antes de conceder asilo, que el solicitante de asilo no haya planificado, facilitado o participado en la comisión de actos terroristas.

Caracas, 20 de julio de 2019

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